DECLARACIÓN SOBRE ADOCTRINAMIENTO POLÍTICO PARTIDARIO EN LAS ESCUELAS. Emitida por la Academia Nacional de Educación
Ernestina Gamas | 4 septiembre, 2012
Buenos Aires, agosto de 2012
Entre los objetivos fundamentales de la Academia Nacional de Educación se encuentra el de actuar como institución capaz de asumir la responsabilidad de una celosa custodia del cumplimiento de los valores y principios fundamentales expresados en la Constitución Nacional, y de inspirar y respaldar esfuerzos tendientes a favorecer el avance de la democracia y la justicia social en todos los procesos y manifestaciones del quehacer educativo nacional. Así lo ha cumplido siempre.
El 27 de diciembre de 2006 se aprobó el Decreto 1938, que promulgó la Ley de Educación Nacional. Su texto dice: “Por tanto, téngase por Ley de la Nación N° 26206, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Néstor Kirchner-Alberto A. Fernández-Daniel F. Filmus”.
El artículo 11, inciso i, de la Ley 26206, cuyo cumplimiento dispuso el Decreto 1938/06 establece que los fines y los objetivos de la política educativa nacional son, entre otros, asegurar la participación democrática de docentes, familias y estudiantes en las instituciones educativas de todos los niveles. Esta participación no incluye las organizaciones políticas con actividades partidarias.
Por esta razón, la Academia Nacional de Educación ve con preocupación la serie de hechos de los que hemos tenido público conocimiento en estos días – violatorios de los fines y objetivos de la política nacional establecida en la Ley 26206 – donde grupos partidistas han desarrollado en varias escuelas del país talleres de adoctrinamiento partidario con presencia en el interior de los establecimientos de personas ajenas a la educación con banderas, lemas, cantos y figuras de facciones políticas.
Estos métodos de adoctrinamiento de niños y jóvenes, en el seno mismo de las escuelas, aparte de ser violatorios de la Ley, constituyen una práctica condenable, por haber sido históricamente utilizada por regímenes totalitarios para adoctrinar a la juventud. Valoramos las acciones de todos aquellos que preservan y respetan el ideario de una sociedad democrática en la que no caben ni el silencio, ni la tolerancia, la anuencia o la autorización por parte de las autoridades educativas nacionales, provinciales o propias de cada establecimiento frente a acciones de carácter sectario.
No se puede avalar dicho actuar ilegal y desconocer todo el esfuerzo que los docentes argentinos hacen desde siempre y día a día para formar como democráticos ciudadanos a nuestros niños y adolescentes. Pensar que este proceder es necesario para formar argentinos porque durante mucho tiempo deformaron a los argentinos, implica que ni los docentes, ni las autoridades de los colegios, ni las autoridades educativas de la Nación y de las provincias cumplen con sus objetivos.
No se puede ignorar la tarea cotidiana de nuestros maestros y profesores y descalificar con injusticia el aporte que realizan para la construcción de una patria democrática.
Por las razones expuestas, convocamos a las autoridades de todos los sectores para que den cumplimiento con los establecido en el artículo 3 de la Ley de Educación Nacional: “ La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación”.
Por el pleno,
Jorge Adolfo Ratto Pedro Luis Barcia
Académico Secretario Académico Presidente